Por Isidoro Madrid, abogado español.
El debate es el siguiente: ¿puede la mediación entenderse como mero método carente de contenido o, por el contrario, es necesario entender que este método ha de dirigirse a un fin concreto? Dicho de otra manera, al igual que a lo largo de la Teoría del Derecho se ha planteado la cuestión de si solo el derecho que es justo puede ser considerado derecho, la mediación ¿ha de ser neutral o, por el contrario, para que se considere mediación ha de tratarse de una mediación justa? De eso va este artículo. Si te interesa, puedes quedarte y seguir leyendo.