Co-mediación familiar a distancia

El Colegio de Mediadores de Chile tiene el agrado de invitarles al Curso/Taller que será dictado por la reconocida y prestigiosa Docente, abogada y Mediadora de la Universidad de Buenos Aires Patricia Veracierto, quien con su vasta experiencia nos dará a conocer lo mas revolucionario y actualizado que se viene en Mediación Familiar, “Co-Mediación Familiar a Distancia”, una nueva metodología de trabajo en Mediación muy necesaria en los tiempos actuales.

Chile no puede quedar ajeno a las nuevas y necesarias  herramientas que se imponen con la incorporación, cada día mas fuerte, de la tecnología aplicada en los campos profesionales. Razón por la cual el Colegio de Mediadores ha querido traer en el ámbito de la Mediación, a la creadora de este revolucionario Método, para que, lo de a conocer y así podamos imaginarnos en un futuro próximo, utilizando  esta práctica. 

Por tratarse de una invitación gratuita  y un taller con cupos limitados, es necesario que a la brevedad confirmen asistencia, fecha tope 15 de junio de 2019. Para inscribirse, con costo cero,  es necesario ser socio con cuota al día a diciembre de 2018. 

Lo que se viene: mediación electrónica

Por: Patricio Rebolledo Schmidt

En la actualidad asistimos al desarrollo incipiente, pero decidido, de la mediación utilizando la Internet. La mediación electrónica es un sistema que ya ha sido normado en algunos países, y en otros, como el nuestro, se está recién abriendo caminos.

El presente trabajo investigativo tiene como finalidad explorar las nuevas posibilidades que ofrece la mediación electrónica para la resolución colaborativa de conflictos de familia, a fin de que otras investigaciones puedan continuar,  abrir el debate sobre la revisión del estado de la cuestión y a sus consecuencias legales.


LA FUERZA DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES

Con fecha 9 de marzo del 2018, el Ministerio de Salud de Chile aprobó, para todo el país, una norma que establecía las nuevas “Orientaciones y normas técnicas del Trabajo Social en Salud” (MINSAL, 2018) (se adjunta el texto en PDF). Este documento fue un intento de actualizar las funciones de la profesión en diversos organismos del estado. Desde la Comunidad Internacional del Trabajo Social Clínico esta noticia fue recibida con gran entusiasmo y emoción pues consideraron que era un paso importante en la lucha por la legitimidad y el reconocimiento de la especialidad clínica del Trabajo Social.

Los elementos que consideraron más relevantes:

  • El texto definía el Trabajo Social Clínico, y lo hizo tomando como base una definición proporcionada por trabajadores sociales del país (p. 49).
  • Reconocía el Trabajo Social en Salud Mental como Trabajo Social Clínico.
  • Reconocía la salud mental como área específica del Trabajo Social y la atención directa/clínico asistencial como ámbito de actuación (p. 71).
  • Atribuía funciones de atención, diagnóstico, tratamiento y asesoramiento profesional (p. 49).
  • Reconocía el modelo Clínico del Trabajo Social (p. 22) y se fundamentaba y validaba la perspectiva holística y ecosistémica persona-ambiente (p. 22).
  • Legitimaba el uso lo métodos como la psicoterapia individual, familiar y grupal, la supervisión, la consejería y el acompañamiento psicosocial (p. 70-73).

Todo bien… Hasta que el Colegio de Psicólogos de Chile intervino

Frente a estas normativas del Ministerio de Salud, los representantes del Colegio de Psicólogos de Chile solicitaron a la Contraloría General de la República, dejar sin efecto esta disposición que permitía a los trabajadores sociales realizar psicoterapia.

Como resultados de la gestión de dicha asociación gremial, la Contraloría General de la República se pronunció, y al Ministerio de Salud chileno no le quedó otra alternativa: la entidad resolvió anular dicha resolución: “Déjase sin efecto la resolución exenta N° 389 de 09 de marzo de 2018, de este Ministerio que aprueba “Orientaciones y normas técnicas del Trabajo Social en Salud”.