CORTE DE APELACIONES ACOGE DEMANDA DE TUICIÓN Y REVOCA ALIMENTO
CORTE DE APELACIONES ACOGE CUIDADO PERSONA COMPARTIDO
CORTE SUPREMA ACOGE RECURSO DE QUEJA
Respuesta de nuestro grupo al ejercicio en clase
Dra. Magaly Cabrolié V.
Desarrollamos un Modelo Evaluación de Condiciones para la Parentalidad con una perspectiva diferente.
Parentalidad y su Evaluación: En Chile hay lineamientos que llamamos política de protección de derechos de la infancia, pero la verdad es que no existe una política como tal, ni una ley al respecto.
No es lo mismo ser progenitor que padre; hay padre que es nombrado como tal, por sentencia, p. e. y otros que están en proceso de ser padres, ej. en casas de acogida.
La crítica a la noción de competencia parental
Los padres ¿Se sienten todo el tiempo aptos en su condición de padres?. Entonces, porqué medimos la parentalidad de los otros.
Barudy y Dantagnan (2010) plantean el concepto de cp como “una forma semántica de referirse a las capacidades prácticas que tienen las madres y los padres para proteger, cuidar y educar a sus hijos y asegurarles un desarrollo suficientemente sano”.
Distinguen una parentalidad biológica y parentalidad social, la primera es la capacidad de procrear y la segunda se refiere a los cuidados que entrega un padre no biológico.
La noción de capacidad parental está ligada al de la competencia, pues le sirve para definirla.
Varios autores señalan que “la competencia es un concepto integrador que se refiere a la capacidad de las personas para generar y coordinar respuestas desde el afecto, cognición, comunicación y comportamiento, flexibles y adaptativas a corto y largo plazo, ante las demandas asociadas a la realización de sus tareas vitales y generar estrategias para aprovechar las oportunidades que les brindan los contextos de desarrollo” (Rodrigo, et al; 81)
White (2005) refiere que las competencias parentales son el ajuste entre las condiciones psicosociales en los que vive la familia, el escenario educativo que los padres y los cuidadores han construido para realizar su tarea vital y las características del niño/niña.
Hay perspectivas positivistas y otras constructivistas.
El proceso de ser padres no es igual con un hijo y con otro.
Los padres son señalados como los primeros responsables de los hijos.
La parentalidad es dicotómica: o es padre competente o es padre incompetente. Un tercero, el experto, es quien valida si el padre es competente o no.
En Francia estaba instalada la palmada a los hijos, se consideraba correcto. Desde la perspectiva de la Convención, es maltrato.
Entonces, la palmada va a ser mirada distintamente dependiendo de donde lo vea; será educación o maltrato según el componente cultural.
Un tercero, el profesional experto, será un sujeto externo quien tendrá la enorme responsabilidad de emitir un informe sobre la competencia parental. El peso de ese informe será muy fuerte, porque pesará para una sentencia judicial.
La noción de lo competente o incompetente no es parte del ser de la persona, sino está cargada de sospechas, porque no radica en la persona del padre sino en la mirada de los profesionales expertos. (Sellenet, 2007).
Para Catherine Sellene la parentalidad es el conjunto de derechos y deberes, arreglos psíquicos y afectos prácticos de cuidado y de educación, realizados para un niño por un padre (de derecho o elección) indistintamente de la configuración familiar elegida.
La autora destaca al mismo tiempo que la parentalidad se inscribe en una determinada cultura, en un determinado contexto socio jurídico, socioeconómico y en determinadas intervenciones del medio institucional.
Los ejes de la parentalidad:
Sellenet habla del eje de la experiencia, nosotros (la profesora y su equipo) preferimos hablar del eje del reconocimiento que me otorga la comunidad, el contexto jurídico, mi propio reconocimiento.
Cada padre es reconocido y se reconoce en diferentes niveles, en el contexto que se espera.
Si ello no ocurre se ve cuestionado el reconocimiento de ese padre o esa madre.
Los padres suelen tener dos hijos: uno imaginario y uno real. Debemos tratar de acercar ambos hijos, minimizar esta distancia. El eje de la experiencia es subjetivo. No se puede estandarizar.
El eje de la práctica: Es el más fácil de observar, es lo que captan las trabajadoras sociales cuando van a visitar un hogar.
Contempla las tareas cotidianas,objetivamente observables, que los padres tienen que cumplir en torno al hijo/a, como aquellos de orden doméstico, los llamados cuidados maternos, los de educación y de socialización. Cada vez que un niño es separado de sus padres estas prácticas son delegadas a otros adultos. Puede referirse a la calidad de los cuidados, a las respuestas y compromisos afectivos, contactos físicos, la forma de ser, socialización, necesidades intelectuales y educativas , etc. Incluye también la autoridad parental y puede hacer referencia a límites, normas, etc.
Enfoque de las Condiciones para la Parentalidad
Se propone un modelo centrado en las condiciones y no en las situaciones intrínsecas de los padres.
Perpectiva eco-comprensiva de la familia: Se intenta superar el valor de los contextos en la crianza y la visión positivista o funcionalista.
Supone una ruptura epistemológica porque siempre nos fijamos en las carencias de los padres, la mayoría de las familias hacen lo que pueden, en condiciones difíciles; lo que hay que tratar de hacer es cambiar las condiciones. Uno de los sistemas gravitantes en las familias que dificultan o ayudan en la parentalidad es el sistema de creencias que tienen las familias.
Mecep: Modelo de Evaluación de Condiciones de la Parentalidad.
Contempla un protocolo integrado de evaluación de Condiciones para la Parentalidad.
En este modelo no es posible el copy paste de informes.
El enfoque ecológico contiene 19 dimensiones, y es un enfoque circular.
Apoyo social: “Proceso por el cual los recursos sociales que proporcionan las redes formales e informales de apoyo permiten satisfacer a las personas necesidades instrumentales y expresivas en situaciones cotidianas y de crisis” (Lin y Ensel citados en Rodrigo, 2009:52).
Las redes formales son necesarias e importantes, pero no lo son todo; también se necesita el apoyo de las redes informales, que prestan el principal apoyo: apoyo emocional.
Hábitat: Son las condiciones materiales y simbólicas del entorno y de la vivienda que permiten a una persona o a un grupo familiar desarrollar su vida cotidiana en condiciones satisfactorias.
¿Aislamiento social?¿Seguridad objetiva y subjetiva?¿Servicios básicos?¿Organización doméstica?¿Condiciones de seguridad o amenaza del entorno?
No es solo la vivienda lo determinante, son las situaciones periféricas.
Situación económica: Relación entre los ingresos de la familia, monetarios y no monetarios y la satisfacción de las necesidades materiales y de cuidados de todos sus miembros. Está referida principalmente al acceso de la familia a bienes y servicios considerados por ella como mínimos para su bienestar.
¿Registro social de hogares?¿Renta líquida?¿Distribución del Ingreso?¿Satisfacción de necesidades básicas?
Trabajo
Caso: Un padre pide cuidado personal de un hijo.
Haciendo las consideraciones legales señaladas en el texto entregado por la profesora, Marcela Acuña expresa su opinión experta sobre la corresponsabilidad parental, señalando que en la actualidad no existe preferencia por la madre para que tenga automáticamente el cuidado personal de su hijo.
El sml reconoció las aptitudes de ambos padres para el cp.
Cuando los niños estuvieron con la madre, el padre entregó esporádicamente una pensión de alimentos. La madre no ha entregado pensión de aliementos al padre por los hijos.
La dedicación de los padres a los hijos no está determinada.
Los hijos expresaron su voluntad de quedarse bajo la tuición de la madre. Pero las razones esgrimidas no resultan sólidas. Los niños quieren probar cómo sería vivir con la madre.
Ambos padres cuentan con las habilidades parentales, pero el padre se ha desempeñado bien durante los cuatro últimos años.
Ambos padres viven en Pucón.
La evidencia cuenta con apoyo hacia la decisión de que el padre se quede con la tuición.
El SAP es un trastorno caracterizado por un conjunto de síntomas que resultan del proceso por el cual un progenitor transforma la conciencia de sus hijos, mediante distintas estrategias, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el progenitor, hasta hacerla contradictoria con lo que debería esperarse de su condición.
Sentencia Rol 1414-2013 de la Corte de Apelaciones de Santiago, en su considerado quinto estableció: “El sap constituye maltrato emocional que afecta el desarrollo normal del niño, especialmente en las áreas del aprendizaje, se ve disminuido el rendimiento escolar, un empobrecimiento de las habilidades sociales y afectivas”…
Síntomas según Gardner
CURSO DE LA ALIENACIÓN
Uno de los padres ejecuta un bloqueo activo del acceso del contacto entre el niño y el otro progenitor
El SAP en la jurisprudencia