- Asumir la representación de los mediadores ante cualquier autoridad o repartición pública, en ámbitos de los servicios de la mediación;
- Informar, promover y fomentar la mediación y, en general, los mecanismo de resoluciónalternativa de los conflictos;
- Organizar y desarrollar actividades de capacitación y perfeccionamiento profesional; y
- Fijar, orientar y hacer cumplir las normas éticas que se determinen en un Reglamento que se dicte especialmente para estos efectos
ACUERDOS DE LA ASOCIACIÓN DE MEDIADORES DEL BIOBÍO
Estimad@s,
Junto con saludarlos/as a cada uno/a de Uds. me permito informarles los acuerdos adoptados en la asamblea de ayer, a la que en su oportunidad fueron todos invitados/as.
En dicho encuentro se resolvió lo siguiente:
1. Constituir un asociación al amparo de las normas de la ley 20.500, que se denominará: “Asociación de Mediadores del Bío Bío”. Está entidad será remplazada, en fecha próxima, por A.G. (asociación gremial), una vez la agrupación se consolide.
2. Podrán ser integrantes de la asociación todos los mediadores de la Región del Bío Bío (de las 04 Provincias), que están inscritos o adscritos a un registro público, como los que llevan el Ministerio de Justicia (m. Familiares), Superintendencia de Salud (m. de salud), Superintendencia de Educación (m. de la educación), etc.
3. Los objetivos prioritarios de la organización (que luego podrán ser ampliados o complementados), son los siguientes:
4. Constituir la entidad por escritura pública, que contiene los estatutos que adjunto. Se trata de estatutos tipo, dado que la idea es facilitar el trámite fundacional. Ya tendremos tiempo de estudiar y participar, ojalá todos, en la construcción de nuevo estatuto, cuando se establezca la futura asociación gremial.
5. Designar un Directorio provisorio, cuyos integrantes (que representan las 4 provincias), serán oportunamente informados con sus nombres y respectivos cargos.
6. Fijar como plazo fatal el miércoles las 23.59 horas del miércoles 15 de junio, para que se pueda observar el estatutos adjunto, en algunos de su acápites; indicándose que norma se sugiere enmendar y los fundamentos de la solicitud. Después de este horario y/o resuelto las sugerencia de corrección que se formulen, se entenderá aprobado el estatuto.
Estamos cierto que la asociación naciente tiene muchísimos desafíos y tareas urgentes que asumir, pero hemos considerado que antes de enfrentarlos debemos existir formal y legalmente como una institución, por lo que les invito a estar atentos a futuras comunicaciones y participar activamente en las acciones que se le inviten.
Con afecto.
El Directorio